La necesidad de la existencia de una ley penal tributaria autónoma
Descripción
La Constitución Política de la República de Guatemala determina que el Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia; su fin supremo es la realización del bien común; su deber es garantizarle a los habitantes la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona y garantizar la protección social, económica y jurídica de la familia. El Estado para dar cumplimiento a los postulados constitucionales citados anteriormente impone entre otras, obligaciones tributarias a los miembros de la sociedad guatemalteca, obligaciones que el tratadista Giuliani Fourouge y Bello menciona en su obra “Procedimiento Impositivo”, citando que para Hansel, son la relación fundamental del Derecho Tributario que consiste en el vínculo obligacional en virtud del cual el Estado tiene el derecho de exigir la prestación jurídica llamada tributo. De conformidad con los artículos 9. del Código Tributario, Decreto No. 6-91 del Congreso de la República, “TRIBUTOS son las prestaciones comúnmente en dinero que el Estado exige en ejercicio de su poder tributario, con el objeto de obtener recursos para el cumplimiento de sus fines”. 10., determina las clases de tributos, entre ellas el Impuesto y 11., define éste de la siguiente forma: “Impuesto es el tributo que tiene como hecho generador, una actividad estatal general no relacionada concretamente con el contribuyente”. Los sujetos de la obligación jurídico tributaria son: El estado o el ente público acreedor del tributo (Sujeto Activo) y el obligado al cumplimiento de las prestaciones tributarias (Sujeto Pasivo).Tesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales