La actividad aérea cuenta con tres elementos: El espacio aéreo, las aeronaves y la infraestructura aeronáutica, este ultimo componente es el elemento primordial en el estudio debido a que en este se encuentran los aeródromos civiles los cuales son el objeto material del contrato de concesión de aeropuertos.
El transporte aéreo en Colombia es considerado como servicio público así lo establece la ley 105 de 1993, también establece que las funciones de planeación, regulación, control y vigilancia están a cargo del Estado. La entidad encargada de la regulación del sector es la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil AEROCIVIL, también intervienen el Ministerio de Transporte y la Superintendencia de Transporte.
Una función relevante del Estado es la prestación de los servicios públicos, así mismo este puede entregar la prestación de los mismos con el fin de hacerlos más eficientes y garantizar un beneficio económico tanto para el Estado como para el prestador, el modelo de la concesión es el que se ha implementado en Latinoamérica para la entrega de los aeropuertos a diferencia del modelo europeo conocido como corporatización bajo el cual el se crean sociedades con independencia financiera y administrativa de propiedad estatal, pasado un lapso de dos años se transfiere gradualmente la propiedad, pero la mayoría la conserva el Estado se trata no de privatizar totalmente sino aprovechar al máximo los beneficios del proceso de privatización. En Latinoamérica se utiliza el contrato de concesión mediante el cual transfiere la explotación del aeropuerto y a su vez el explotador debe pagar una suma establecida conocida como contraprestación, bajo este modelo la propiedad del aeropuerto no se afecta ya que continua siendo del Estado.
En Colombia el contrato de concesión se ha utilizado en los aeropuertos de Barranquilla, Cartagena, Cali y las pistas del aeropuerto el Dorado de Bogotá D.C. Este proceso se ha dado a través de generaciones de concesiones, la primera se dio con Barranquilla, Cartagena y las pistas de Bogotá, la segunda con Cali, en el estudio se trabajó con el contrato de Cali siendo este el mas completo pues corrige algunas deficiencias contenidas en los anteriores contratos.
Del análisis del contrato se ve la obligación en la realización de un plan maestro, la contratación de un operador entre otras; ademas se encuentra una particularidad y es que tanto en Barranquilla y Cartagena como en Cali esta presente AENA Internacional sigla de Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea y la conclusión a la que se llega es que si bien esta es una firma de amplia experiencia y reconocimiento, no solo en Colombia si no en Latinoamérica donde opera varios aeropuertos bajo el mismo modelo, esta no ha logrado la eficiencia ofrecida y en cambio el aumento en los costos si es notorio.
El proceso de concesión de aeropuertos aunque ha sido cuidadosamente estudiado no se le ha dado un ambiente de discusión no solamente frente a los sectores afectados directamente si no en general lo cual debería tenerse en cuenta para la tercera generación, debido a la importancia de los aeropuertos para un país ya que son su carta de presentación además es valido recordar que una entidad como la Aeronáutica Civil es de las pocas entidades gubernamentales autosuficientes y que la mayoría de sus recursos se destinan al financiamiento estatal de otras actividades.
El futuro próximo ante el cambio de los sistemas de navegación, campo en el que Colombia ha hecho estudios y se encuentra inmersa en los procesos que se adelantan en la región, abre la posibilidad ante sus elevados costos no solo la entrega física de aeropuertos sino la real interacción de todos los sectores para la implementación de los sistemas.