Descrição
Don Vicente Dorjuela y Velasco vezino desta ciudad paresco ante (1) vuestra merced y digo que vuestra merced fue serbido de mandar librar el mandamiento que (2) presento con la solemnidad y juramento necesario y a (3) biendo sido requerido con el Don Francisco de Abila corregidor (4) del partido de Nimayma el qual lo obedezco y en quanto (5) su cumplimiento no le dio entero cumplimiento por ¡6) decir no caber mas de tres yndios en la quarta parte si (7) endo así que, su theniente me abía dado los dichos ocho (8) yndios y después bolvio a embiar y me los quitó (9) por horden de dicho corregidor, llegando executarlo*(10) el governador de dicho puevlo de Nimayma como con efecto se los He (11) bo, sin atender asi al mandato y horden de vuestra merced, co (12) mo> a tan justo pedimienfo que yo tenía hecho pues las (13) dichas mis haziendas a que están señalados y acigna (14) los dichos ocho yndios conzertados para el servizio de (15) ellas mas tiempo de setenta años desta parte sin (16) contra-dizion de persona alguna, y que siempre an es (17) tado en posezion de dichas tierras mis padres y ante