Este artículo de investigación se propone poner de presente las implicaciones prácticas que tiene el hecho, que a pesar de existir en Colombia una clasificación taxativa de organizaciones sindicales que pueden constituirse, la figura del sindicato de industria ha venido siendo objeto de una desfiguración que implica que esa taxatividad deja de ser muy clara. Esto se ha dado principalmente por la falta de definición o limitación que tiene el concepto de industria o de rama de actividad económica, a los cuales se hace referencia en el artículo 356 del Código Sustantivo del Trabajo. Se busca demostrar la manera en que tener un concepto de industria sin definición o con una definición atemporal a las dinámicas sindicales actuales, tiene implicaciones importantes en materia del derecho laboral colectivo.