El tema desarrollado en las próximas páginas, fue realizado a manera de ponencia en el marco de la Comisión 1 del XIII Congreso Nacional de Seguros celebrado en la ciudad de Santa Fe (Argentina). Dado que el contrato de seguro es un contrato de consumo cuando es celebrado entre un consumidor final y un profesional que se obliga, es necesaria la armonización de las legislaciones de consumidor y de seguros para adecuarla a la tipicidad propia de este contrato, donde la correspondencia entre riesgo asegurado y prima percibida es indispensable para el resguardo de la masa de asegurados.