La convivencia en Derecho español de un régimen de responsabilidad societaria y un régimen de responsabilidad concursal exigible a los administradores de sociedades mercantiles, genera ciertas dudas cuando éstas se encuentran incursas en un procedimiento concursal. En este artículo se van a analizar las diferentes posturas doctrinales y jurisprudencias sobre los efectos del procedimiento concursal en la responsabilidad por deudas ex artículo 367 de la Ley de Sociedades de Capital y en la responsabilidad por daños ex artículos 238 y 241 de la misma Ley. Así mismo, se va a analizar la posible coordinación de estas responsabilidades con la responsabilidad concursal, exigible en supuestos en los que una sociedad mercantil se encuentre en situación de insolvencia.