El presente trabajo trata sobre el conflicto normativo que se presenta en el Ordenamiento jurídico español en los supuestos de grave crisis empresarial de las sociedades de capital entre la solución prevista por el Derecho de sociedades (la disolución) y la que dispone el Derecho concursal (la petición de concurso de acreedores). Tal conflicto pone en juego el tema de la distribución de competencias entre los órganos sociales; un asunto de particular interés por lo que se refiere especialmente a los administradores, debido a la responsabilidad por deudas sociales a que pueden llegar a verse sometidos por la infracción de sus deberes legales en este punto.