El acceso a la información, un derecho restringido para los pueblos indígenas en Jalisco
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El acceso a la información es un derecho plenamente reconocido en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, particularmente desde la reforma del artículo 6o en 1977 en la cual se le adiciona “El derecho a la información será garantizado por el Estado. Lo que dio lugar a una serie de interpretaciones con respecto a su titularidad y protección como una garantía política, un derecho social, una garantía individual o como un derecho humano”. (Encinas Rodríguez, 2012, pág. 1). A partir de este momento y con la reforma en materia de derechos humanos del 10 de junio del 2011 (Calderón Hinojosa, 2011), el derecho de acceso a la información se vuelve un derecho humano que los tres órdenes de gobierno en el estado mexicano deben garantizar, previsto también en los tratados internacionales ratificados por nuestro país. En este trabajo analizaremos ¿cuál es la normativa internacional, nacional y local que garantiza el derecho de acceso a la información de los pueblos indígenas en Jalisco? y ¿si en la práctica los sistemas y mecanismos implementados actualmente, son asequibles para acceder a la información?, y si no lo fueran, ¿cuáles serían los campos de oportunidad para que entonces lo sean?ITESO, A. C.