Derecho del trabajo y economía de mercado: ¿términos compatibles?
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Si bien es cierto que aún son necesarios algunos cambios de la legislación laboral peruana para adecuarla a las necesidades económicas y sociales del país, también es cierto que últimamente se ha avanzado en este sentido. Nuestras normas constitucionales son suficientemente flexibles como para admitir tales modificaciones, incluso cuando ellas puedan implicar un cambio de estructura misma de algunos de los derechos laborales. Prueba de ello son no sólo las recientes modificaciones legislativas en materia de compensación por tiempo de servicios y negociación colectiva, sino la clara posibilidad constitucional de modificar sustancialmente el actual sistema de estabilidad laboral.While it is certainly true that some modifications still need to be made in order to adapt Peruvian Labor Law to the social and economic needs of the country, it cannot be douted that some positive steps forward have been taken recently in that direction. Our constitutional regulations are flexible enough to allow such modifications, even though they might imply a change in the very structure of certain labor rights. This is proved not only by the recent legislation modifications to severance pay and collective bargaining, but also by a distinct constitutional possibility of modifying substantially the present work stability system.