Descripción
La necesidad de considerar a los sujetos desde el punto de vista de la agricultura, de tener una rama del Derecho que tenga como sentido que la informe el cultivo de la tierra y en la cual la relación del individuo siempre con el suelo, dio origen al Derecho Agrario, “que realiza el estudio jurídico, sistemático y congruente de las diversas instituciones a las que ha dado y da origen la agricultura” (tales asentamientos, colonias, ejido, etc.).
Es decir, lo agrario, la tenencia de la tierra y el trabajo de la misma, hoy, está regido por una disciplina jurídica, que en su aspecto objetivo está constituida por el conjunto de normas que rigen a las personas, las cosas y los vínculos referentes a las industrias agrícolas. (Adelante veremos que la colonia, por ejemplo, es una institución jurídica).
Para dar un concepto de ella, en primer lugar presentaré algunas opiniones y definiciones formuladas por conferencistas, leyes y organismos internacionales.