El tema abordado en la sentencia que aquí presentamos no se refiere precisamente, a un estudio profundo sobre lo que constituye la indemnización de daños y perjuicios, pues como es tradición, en Nicaragua, en las sentencias de casación, se omite el estudio profundo de las figuras en juego en cada caso y se procura más bien realizar un examen formal y sencillo de los elementos de juicio, logrando por ende imprimir a lo que podría llamarse “jurisprudencia” el sello de la dispersión y de la irrelevancia práctica. No podemos pues, hablar de una jurisprudencia en el riguroso sentido de la palabra en cuanto a lo que aquí presentamos, más sí se puede aludir a un intento por aclarar cuáles son los requisitos fundamentales para que una demanda por indemnización de perjuicios prospere.