El artículo desarrolla el tema referido a las cláusulas abusivas en los contratos de tarjeta de crédito, para lo cual se procedió, como primer paso para comprender el tema y el alcance del mismo, al estudio de la definición de tarjeta de crédito, su naturaleza jurídica, la función económica o el papel que desempeña en la sociedad. Se aborda de forma amplia el contrato de emisión de la tarjeta, instrumento jurídico que es donde se establecen o estipulan las cláusulas abusivas. Lo anterior, permite emitir un análisis crítico de las principales cláusulas abusivas, aunque la ley no proporciona el concepto de éstas, teniendo que la ley 515, Ley de Promoción y Ordenamiento del Uso de la Tarjeta de Crédito contempla una serie de cláusulas que de incorporarse al contrato de tarjeta de crédito, éste resultaría nulo; no obstante la ley no establece la forma en que se puedan impugnar ni el procedimiento que el usuario puede utilizar pata tal fin. La norma sobre la Promoción y Ordenamiento de la Tarjeta de Crédito solamente instaura el procedimiento relativo a la impugnación del estado de cuenta y no de las cláusulas abusivas.
La Ley de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras no contiene de forma expresa la atribución de resolver el dilema mencionado, por lo que la Ley de Defensa de los Consumidores considera que es una función específica de la Superintendencia de Bancos. En ese sentido, el tarjetahabiente tiene como opción final utilizar la vía civil por medio de acción de nulidad parcial del contrato.