Descripción
La columna de la justicia arbitral como el reconocimiento constitucional del poder que tienen las partes de no acudir al sistema estatal ordinario sino al arbitraje para la solución de sus controversias. Esta forma de justicia requiere de la habilitación de árbitros y de procedimientos que determinan la procedencia del arbitraje como mecanismo de solución de controversias. Esto incluye elementos que permitan anular las decisiones tomadas por un tribunal, no obstante, se ha hecho uso de otros mecanismos como la acción de tutela para contrarrestar los laudos arbitrales. En la mayoría de los casos, se hace uso de esta herramienta constitucional abogando por la protección de derechos fundamentales y afirmando defectos sustantivos o materiales durante el arbitraje. Pero lamentablemente la figura de la acción de tutela con el tiempo se ha desfigurado, permitiendo a los accionantes invocarla por causales de fondo no procedentes para la misma. Cabe analizar si, bajo este panorama normativo, la parte que instaura dicha acción lo hace para garantizar la efectiva caución de los derechos fundamentes o al contrario para buscar un pronunciamiento en una segunda instancia que procesalmente sería inexistente, lo que llevaría a analizar si el juez de tutela facilita el uso indebido de esta acción.