Uno de los grandes avances de la Reforma Constitucional en materia de telecomunicaciones y radiodifusión fue el reconocimiento de las audiencias –telespectadores y radioescuchas– como sujetos de derechos, y no sólo como meros consumidores, al incorporar en el artículo 6 Constitucional que “la ley establecerá los derechos de los usuarios de telecomunicaciones, de las audiencias, así como los mecanismos para su protección”.