La causa íntima, como causal de separación o divorcio /
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Actualmente, el Código Civil de Guatemala contempla dos vías para obtener la separación o el divorcio, por mutuo consentimiento o por voluntad unilateral basada en una causal específica. En ausencia del acuerdo mutuo, el cónyuge interesado debe fundamentar su solicitud en alguna de las causales taxativas previstas en el artículo 155 del Código Civil. En este contexto, se propone incorporar la causa íntima, basada únicamente en la voluntad de uno de los cónyuges y sin necesidad de justificar razones específicas. Esta figura garantizaría la autonomía de la voluntad y para preservar el espíritu de la ley, así como la protección a la familia y al matrimonio como institución social, se sugiere que esta causal solo pueda solicitarse transcurrido un año contado a partir de la fecha de celebración del matrimonio, así como se requiere para solicitar la separación o el divorcio voluntario.Tesis de Grado.
Tesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Modo de acceso: Internet.
