Aspectos legales de la aviación civil en Guatemala /
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Uno de los temas más discutidos en el ámbito nacional es la nueva ley de Aviación Civil, tema que se ha venido debatiendo desde finales del año pasado. Los argumentos en contra, algunos muy válidos no sirvieron como fundamento para evitar la aprobación, sanción, promulgación y publicación del Decreto 93-2000 del Congreso de la República que contiene dicha ley. El 26 de diciembre del año pasado, luego de ser aprobado el proyecto de la nueva ley de Aviación Civil, el Congreso de la República lo trasladó al Organismo Ejecutivo para su sanción, promulgación y publicación. Llegado el plazo máximo constitucional el actual Señor Presidente de la República, Alfonso Portillo (previo acuerdo tomado en Consejo de Ministros), no la sancionó y en consecuencia no se promulgó y ordenó su publicación, dicho mandatario tampoco ejerció su derecho de veto. Por imperativo legal se tiene por sancionado el Decreto y el Congreso de la República lo debe promulgar como ley dentro de los ocho días siguientes. El 23 de enero del presente año el Congreso de la República, a través del acuerdo número 05-2001, tuvo por sancionado el Decreto 93-2000 y ordenó a la Dirección del Diario de Centroamérica la publicación del mismo para que surta efectos como ley de la República. El 31 de enero fue publicado en el Diario de Centroamérica, el acuerdo número 05-2001 y el Decreto 93-2000 ambos del Congreso de la República, dicho acuerdo entró en vigencia inmediatamente, no así el decreto que entró en vigencia 30 días después de su publicación o sea el 2 de marzo,Publicación Landivariana en línea / Vicerrectoría de Investigación y Proyección (VRIP) / Instituto de Investigación en Ciencias Socio Humanistas (Icesh).
Modo de acceso: Internet.
ID de la autorización: 11100 Autorizado: 2025-05-22 19:43:04
