Régimen jurídico aplicable al tránsito vehicular en Guatemala y la necesidad de regular la actividad peatonal.
Descrição
El parque vehicular de Guatemala ha ido creciendo de forma desmedida y casi sin control de las autoridades encargadas del mismo, sucede un hecho de tránsito y se paraliza toda una calle o una avenida afectando una sola persona a muchas otras, limitándolas en su derecho de locomoción y no solo a los conductores de vehículos sino también a los peatones que son mucho más vulnerables en la ciudad de Guatemala y más aún, en las carreteras del país. Ante todo ese caos vehicular y peatonal se hace necesario que las entidades que tienen el control del tránsito vehicular generen y promuevan ante las entidades correspondientes reformas a la Ley de Tránsito y a su Reglamento con la finalidad de que se cumpla con los principios Constitucionales del deber del Estado de garantizar a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona y cuando estos principios se hagan efectivos Guatemala y los guatemaltecos podrán iniciar el desarrollo del bien común. En el Reglamento de la Ley de Tránsito se encuentra regulado lo relativo al peatón, las normas generales que los rige, la preeminencia en el derecho de vía, la circulación por espacios destinados al peatón, pasos peatonales, uso del espacio peatonal, las zonas escolares y las prohibiciones de circular peatonalmente por ciertas vías; sin embargo, no se hace uso del derecho de igualdad entre los conductores y los peatones, ya que para los primeros existen sanciones de todo tipo, pero para el peatón que muchas veces es el culpable en los hechos de tránsito esas penalidades no existen y eso provoca que no exista un verdadero Estado de Derecho ni una igualdad en las condiciones de conductores y peatones, una propuesta de acuerdo gubernativo que regule a los peatones, así como se hace un análisis comparativo de legislaciones regionales en la materia.Abogado y Notario
Tesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales