Ineficacia de la obligación legal de pago de pensión alimenticia provisional a partir del momento de su fijación dentro de los juicios orales de alimentos, que se tramitan en el municipio de Huehuetenango, departamento de Huehuetenango
Descripción
La pensión alimenticia, es un elemento indispensable dentro del contexto social y familiar para lograr cierta estabilidad y dosis de tranquilidad o felicidad. Actualmente muchas mujeres de la cabecera departamental de Huehuetenango que asisten al Juzgado de Primera Instancia de Familia, del municipio y departamento de Huehuetenango, dependen de la pensión alimenticia para cubrir las necesidades de sus hijos, con la atenuante de discriminación e inequidad en las relaciones hombremujer. Las oportunidades o agravante de espacios de participación femenina son claramente inferiores, lo cual se traduce en niveles bajos de desarrollo económico, lo que repercute en gran escala que se incremente la dependencia económica y emocional de la progenitora hacia el obligado. Por ello, se conceptualiza que la pensión alimenticia ya sea provisional o fija, en la familia es el único medio para sobrevivir si se cuenta con ella existe estabilidad material y emocional, pero si falta, se presentan los conflictos en el hogar, como medio de impotencia y frustración. Esta crisis económica-social, que manifiestan muchas mujeres que asisten al órgano jurisdiccional a solicitar dicha pensión, se ve reflejada en serios problemas, que presentan para que salgan sus hijos adelante, cuando no cuentan con el respaldo económico del esposo o conviviente lo que hace evidente uno de los problemas más comunes de la falta de pago de pensión alimenticia provisional a partir del momento de su fijación, dentro de los juicios orales de alimentos, que se tramitan en el Juzgado de Primera Instancia de Familia del municipio y departamento de Huehuetenango, ya que por lo general los demandados u obligados esperan hasta que el juicio finalice para pagar dichas pensiones, lo que genera crisis dentro de la familia que la sufre.Es normal que se considere a la pensión provisional incobrable hasta la etapa ejecutiva posterior como regla general, pero ello conlleva el perjuicio de los alimentistas en su calidad de vida pues se limita el goce de los servicios y alimentos esenciales que necesitan para vivir, además violenta los derechos de alimentos, acceso a la justicia efectiva, por falta de tutela de derechos y violación de la garantía del interés superior del niño. Con la presente investigación “Ineficacia de la obligación legal de pago de pensión alimenticia provisional a partir del momento de su fijación, dentro de los juicios orales de alimentos, que se tramitan en el municipio de Huehuetenango, departamento de Huehuetenango”, se pretende establecer cuáles son las causas que surgen en la falta de pago de la pensión provisional, en los juicios orales, desde el momento de su fijación por parte de los obligados. La existencia de tal fenómeno es innegable, el menor queda en total indefensión cuando no cumple el obligado con sufragar sus necesidades elementales de forma inmediata, como inmediata es la necesidad de alimentos, lo cual repercute en la violación del principio y garantía a la vez, llamada: interés superior del niño reconocida por el Estado guatemalteco de forma interna y en tratados internacionales de la materia.
Abogado y Notario
Tesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales