Definición del carácter de seglar en el documento final de la asamblea plenaria de la conferencia episcopal de Guatemala 29.01.1970, comparándola con la definición de Lumen Ggentium
Descripción
El presente estudio analiza sí el entendimiento de seglar en el Documento Final de la Asamblea Plenaria de la CEG 29.01.1970, está en consonancia con la definición de laico de Congar, CVII, AA y Medellín. La metodología que se empleó en el trabajo de tesis es la investigación bibliográfica, donde el sujeto en estudio es la visión de seglar de la CEG, en referencia a la visión de laico del CVII. En el AT y NT no se encuentra la palabra laikós. Desde el año 95 d.c., hasta el el siglo XX, no existe una definición positiva de laico. En 1,953, Congar en su obra Jolanes para una teología del laicado, presenta el papel activo del laico en el mundo en su triple función: Sacerdotal, Profética y Real, donde el bautismo es su fundamento. Es el precursor y su obra fue un punto de llegada como de inicio a la vez, pues sirvió de base al CVII, influyó en LG 31: “Con el nombre de laicos se designan aquí todos los fieles cristianos, incorporados a Cristo por el bautismo, integrados al Pueblo de Dios, partícipes a su modo de la función Sacerdotal, Profética y Real de Cristo…” En el Decreto AA No. 10: “Los seglares en la vida y en la Iglesia son partícipes del oficio de Cristo, Sacerdote, Profeta y Rey. Entre LG y AA tienen líneas muy comunes, pues, se percibe lo dicho en LG 31. Medellín tiene claro el planteamiento de Congar, CVII, AA, ya que el laico es el miembro que participa de la función Sacerdotal, Profética y Real de Cristo en función de su misión eclesial. Congar lo planteó, el CVII lo desarrolla y Medellín hace una reflexión de laico a nivel latinoamericano expresado en una aplicación pastoral de lo que ha entendido de laico. Confrontando la visión de seglar de la CEG, no existe percepción, pues, dicen “Sacerdotes, profetas y Pastores”Tesis de Grado
Tesis Licenciatura (Teología) URL, Facultad de Teología