La protección del emblema en la legislación guatemalteca
Descrição
El régimen marcario guatemalteco se caracteriza por ser significativamente formalista, lo cual se refleja en la adopción mayoritaria del sistema atributivo de adquisición de derechos de titularidad sobre los signos distintivos, no obstante la convergencia que existe con el sistema declarativo, ambos debidamente regulados en la ley nacional. El emblema y la marca figurativa son signos distintivos que cumplen diferentes funciones dentro de ámbito comercial, y la propiedad sobre los mismos se adquiere mediante su uso y su registro respectivamente. Dentro del desempeño de la actividad económica cotidiana, puede darse el supuesto de que un emblema que esté siendo utilizado sea igual o similar a una marca figurativa que se pretenda registrar. La ley establece que una marca figurativa no puede registrarse si es igual o similar a un emblema que ya está siendo utilizado, normativa que automáticamente le otorga una protección extensiva al uso del emblema sobre marcas figurativas. Esa protección extensiva podría cambiar todo el régimen marcario en Guatemala, haciendo virtualmente innecesario el registro de marcas figurativas, ya que por eficiencia económica y reducción de costos de transacción, los particulares preferirían utilizar un emblema en todos los casos para así evitarse el potencialmente engorroso trámite de registro de marcas. En el presente trabajo de tesis se hace un extenso análisis sobre esa posibilidad, y como ésta es verdaderamente factible según lo establecido en el ordenamiento jurídico guatemalteco.Abogado y Notario
Tesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales