Protocolización del acta notarial de la unión de hecho declarada ante notario
Descripción
La Unión de hecho es una institución equiparable a la institución del matrimonio, aunque en la legislación Guatemalteca no goza de la misma categoría que aquél; al no ser obligatoria la protocolización del acta notarial de declaración de la unión de hecho ante notario, se deja sin certeza jurídica a la familia procreada bajo esta circunstancia y sobre los bienes habidos dentro de la misma. De acuerdo a la información obtenida del trabajo de campo. Se concluye que existe la necesidad de reformar el código civil, por lo que se recomendó que si existe una laguna legal, se reforme el artículo respectivo para darle obligatoriedad legal a la protocolización del acta notarial de declaración de la Unión de Hecho ante Notario. Por ello se hace la propuesta para reforma legal para que se haga obligatoria la protocolización del acta notarial de unión de hecho declarada ante notario, del párrafo primero del artículo ciento setenta y cuatro del decreto ciento seis, código civil guatemalteco. Y de esta manera evitar que dicha acta quede en manos de los otorgantes, ya que ello no le da seguridad y certeza jurídica, lo cual si se lograría si la protocolización del acta notarial de unión de hecho declarada ante notario, fuera obligatoria, por lo que todos los notarios estarían en la obligación de protocolizarla y de esta manera se lograría que la misma obtenga certeza jurídica, además se le brinda mayor seguridad a las familias que vivan en unión de hecho declarada ante un notario.Tesis Licenciatura (Abogado y Notario) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales