Análisis jurídico sobre los obstáculos que enfrenta la administración pública para fiscalizar los fideicomisos públicos administrados por entidades bancarias
Description
El código de comercio de Guatemala, decreto número 2-70 del Congreso de la República, es la principal norma jurídica que regula los fideicomisos; determina que el fideicomitente transmite ciertos bienes y derechos al fiduciario, efectuándolos a fines determinados. El fideicomiso creado por el Estado, es un contrato de administración e inversión con recursos públicos y celebrados con alguna de sus dependencias legalmente facultadas y pueden pertenecer a una entidad centralizada, descentralizada, autónoma o municipalidades, quienes comparecen en calidad de fideicomitentes, y como fiduciarios a determinadas entidades bancarias y sociedades financieras del sistema bancario nacional. En Guatemala surge el fideicomiso público después del terremoto de 1976 según consta en la Escritura Pública número doscientos sesenta y cuatro autorizada el tres de mayo del año 1976 y fue denominado Fondo Extraordinario Específico de Reconstrucción FEER. La finalidad de dicho fideicomiso fue la construcción, reconstrucción o reparación de viviendas en las áreas urbanas en la ciudad de Guatemala, su zona de influencia y las demás cabeceras departamentales, la rehabilitación de pequeñas empresas comerciales, artesanales o industriales, en las áreas a que se refiere el inciso anterior, la construcción, reconstrucción o reparación de viviendas en las áreas rurales y por último la rehabilitación de pequeñas empresas comerciales, artesanales o industriales en general en las áreas ruralesTesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales