La necesidad de legislar la entrega forzosa de los bienes subastados en el fideicomiso de garantía
Descripción
Al constituirse un fideicomiso en garantía, el fideicomitente entrega el bien o derechos al patrimonio del fideicomiso, es decir, que el fideicomitente entrega la titularidad del bien fideicometido, el cual será administrado por la entidad fiduciaria. En el caso de incumplimiento por parte del fideicomitente, la entidad fiduciaria, podrá disponer la pública subasta ante notario. Al formalizarse la venta del bien, el fideicomitente deberá entregar el bien a la persona que los hubiera adquirido, dentro del plazo pactado en el contrato del fideicomiso, si se hubiese pactado. Al abstenerse el fideicomitente de entregar el bien y vencido el plazo pactado en el contrato constitutivo, el nuevo propietario, deberá solicitar ante juez competente, el lanzamiento o el secuestro del bien. Tras haber realizado la escritura traslativa de dominio por parte del fiduciario a la persona que haya comprado el bien, se genera el problema que es objeto del presente trabajo, y es cuando el fideicomitente debe hacer entrega de los bienes en su posesión y este se opone a realizar dicha entrega, por lo que se le debe apercibir para hacer la entrega del bien o se ordenará el lanzamiento o secuestro judicial a través de un juicio sumario. Se debe analizar la necesidad de adherir a la legislación un recurso por medio del cual, el subastador comprador o fiduciario requiere el lanzamiento del fideicomitenteAbogado y Notario
Tesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales