Análisis jurídico de la aplicación del criterio de oportunidad en los delitos forestales en la ciudad de Huehuetenango
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El ambiente, entendido como un sistema desde el punto de vista de las ciencias naturales, es un conjunto de elementos que interactúan entre sí, pero con la precisión de que estas interacciones provocan la aparición de nuevas propiedades globales, no inherentes a los elementos aislados que constituyen el sistema. Ahora bien, la connotación Derecho ambiental, es definida como “la disciplina jurídica que investiga, estudia y analiza las diferentes relaciones entre los bienes naturales y la actividad antrópica, orientando la regulación jurídica de las conductas y actitudes humanas respecto al uso, explotación y aprovechamiento de recursos naturales, conservación de la naturaleza y protección del ambiente".1 El criterio de oportunidad es una medida desjudicializadora que contempla nuestro ordenamiento jurídico procesal penal, por medio de la cual el Ministerio Público podrá abstenerse de ejercitar la acción penal, en los casos establecidos en el artículo 25 del Código Procesal Penal. Esta medida desjudicializadora se da cuando el Ministerio Público considera que el interés público o la seguridad ciudadana no está gravemente afectada o amenazada, previo consentimiento del agraviado y con autorización judicial, con el propósito de abstenerse a ejercitar la acción penal en algunos casos que están debidamente establecidos en la ley y por medio del cual se busca llegar a un acuerdo con el imputado, con el propósito de prescindir total o parcialmente de la persecución penal, o bien de limitar la investigación solo a algunos delitos, o solo a algunas personas; por lo que al concurrir ambas figuras se centra como objetivo de la presente investigaciónTesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales