Denominación antitécnica de la excepción previa de falta de personalidad en el Derecho Procesal Civil Guatemalteco
Descripción
La idea central que se propone en la investigación a realizar es evidenciar el antitecnicismo que la denominación de la Excepción Previa de Falta de Personalidad cobra en el desarrollo y sustanciación del proceso civil guatemalteco, la cual se encuentra regulada en el artículo 116 numeral quinto del Decreto Ley número 107 Código Procesal Civil y Mercantil; como consecuencia de lo anterior llegar a establecer la falta de certeza jurídica que provoca invocarla en un proceso concreto, resultando necesario realizar un trabajo de investigación a fondo con el propósito de determinar ampliamente qué es la personalidad y su relación con la falta de legitimidad, toda vez que la denominación antitécnica de esta excepción produce incongruencia con la definición que para el efecto establece la ley sustantiva civil sobre la personalidad en el artículo número uno, la cual es permanente y sólo se extingue cuando se produce la muerte. Por lo tanto la contradicción en ambos códigos da como resultado la denominación antitécnica de la excepción objeto del estudio a realizar, siendo un problema existente que evidentemente mina la certeza jurídica que las partes buscan al interponer dicha excepción. Por lo ya señalado el impacto en el tema a desarrollar se ve reflejado en lo jurídico específicamente en el área del derecho procesal civil, y en lo social a todos aquellos profesionales del Derecho que hacen uso legal de este medio de defensaComo consecuencia de lo ya expuesto con el presente trabajo se pretende analizar y a la vez evidenciar la necesidad de incluir una reforma al Código Procesal Civil y Mercantil, Decreto Ley número 107 con el propósito de llegar a establecer la correcta denominación de la Excepción Previa de Falta de Personalidad, la cual se encuentra regulada en el artículo 116 numeral quinto de ese cuerpo legal, y de esa cuenta obtener pasos preliminares frente a la problemática del antitecnicismo, incongruencia y falta de certeza jurídica que implica la denominación actual que se le atribuye a dicha excepción en el proceso civil guatemalteco; en consecuencia llegar a determinar que la excepción previa de falta de personalidad con propiedad debería denominarse “Excepción Previa de Falta de Legitimación”; así mismo se aportará un documento de apoyo a futuras investigaciones que se hagan sobre el tema, toda vez que el mismo cobra vital importancia jurídico-social, debido a que nuestro sistema de justicia principalmente en materia procesal civil se encuentra rodeado de diversas deficiencias que necesarias de atacar, siendo trascendental abordar el tema que nos ocupa con el propósito de conocer cómo opera procesalmente la Excepción Previa de Falta de Personalidad en el proceso civil guatemalteco, y por lo tanto evidenciar los efectos que produce su denominación antitécnica.
Abogado y Notario
Tesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales