Compraventa de bienes inmuebles, su perfeccionamiento y su inscripción, dentro del ordenamiento jurídico guatemalteco
Descripción
En la actualidad surge la problemática jurídica en cuanto a determinar cual es el momento en que el contrato de compraventa de bienes inmuebles queda perfecto y establecer si se necesita su inscripción para gozar de mayor seguridad y certeza jurídica, por ser un contrato de carácter especial que es digno de tutela jurídica, ya que existe controversia entre los artículos 1790-1791-1808 del Código Civil, en su orden, el primero de ellos dispone que la compraventa queda perfecta desde el momento en que se entrega la cosa y se paga el precio; el segundo de ellos indica que la compraventa queda perfecta con el simple consentimiento de las partes, aunque no se haya entregado la cosa y pagado el precio; y el tercero preceptúa que la compraventa queda perfecta desde el momento que se inscriba en el Registro correspondiente; por esos argumentos es necesario efectuar esta investigación descriptiva, para comprobar realmente cual es el momento más acorde a nuestra realidad jurídica. En sí la compraventa de bienes inmuebles, es el contrato por medio del cual una persona denominada vendedor, transfiere la propiedad de una cosa inmueble, a otra que se denomina comprador, quien se obliga a recibirla y a pagar por ella un precio cierto en dinero. La perfección es el momento jurídico en que se produce el acuerdo de voluntades de las partes intervinientes. Y ordenamiento jurídico, es el conjunto o cuerpo de leyes, por las cuales se gobierna un Estado, o se regula una materia determinada.Tesis Licenciatura (Abogado y Notario) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales