La necesidad de adicionar el Artículo 28 de la Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, el riesgo social de desempleo
Descripción
La presente investigación tiene como fin que el desempleado tenga derecho a las prestaciones del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social, pues de lo contrario queda en el desamparo el trabajador que fue afiliado en algún tiempo. La cobertura social debe ser para todos los guatemaltecos en proporción a su trabajo, porque se debe dar oportunidad a la persona desempleada pero hace un trabajo informal para que reciba las prestaciones sociales como protección a él como a su familia. El Artículo 100 de la Constitución Política de la República de Guatemala reconoce y garantiza la seguridad social como beneficio para los habitantes de la República de Guatemala. Además, el Estado debe velar por la salud de todos los habitantes, conforme lo estipulan los Artículos 93 y 94 de la Constitución Política de la República de Guatemala, por lo que el Estado de cumplir con esta obligación en beneficio del trabajador guatemaltecoModo de acceso: Internet
Tesis de Grado
Tesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales