El principio de conformidad en la compraventa internacional de mercaderías
Descrição
En la Convención sobre la compraventa internacional de mercaderías de 1980 se encuentra regulado “el principio de conformidad”. Es primordial para el presente trabajo de tesis comprender lo que conforma el llamado PRINCIPIO DE CONFORMIDAD MATERIAL en la compraventa internacional. La falta de conformidad de las mercaderías está regulada en la Parte III, Capítulo II, referente a obligaciones del vendedor de la compraventa de mercaderías, Sección II de la Convención de Viena sobre la compraventa internacional de mercaderías de 1980. En Guatemala, la Convención Internacional sobre la Compraventa Internacional de Mercaderías, celebrada en Viena en 1980, aún no ha sido ratificada. La legislación guatemalteca se regula en el artículo 690 del Código de Comercio, decreto 2-70 del Congreso de la República de Guatemala, libro IV sobre las obligaciones y contratos mercantiles, establece la calidad de las mercaderías, el cual indica que “si no se hubiere determinado con precisión la especie o calidad de las mercaderías que habrán de entregarse, sólo podrá exigirse al deudor, la entrega de mercaderías de especie o calidad medias.” Complementándose con el artículo 1801 del Código Civil guatemalteco que regula “vendida una cosa expresando su especie y calidad, el comprador tiene derecho de que se resuelva el contrato si la cosa no resulta de la especie y calidad convenidas. Cuando se hubiere expresado el uso que se va a dar a la cosa, la calidad debe corresponder a ese uso.”Tesis Magister (Maestría en Derecho Económico y Mercantil) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales