Vulneración al principio de imparcialidad judicial con la introducción del procedimiento para juzgar delitos menos graves, adicionando el artículo 465 ter, contenido en la reforma del código procesal penal, decreto número 07-2011 del congreso de la república de Guatemala
Descripción
Las múltiples reformas aplicadas al Código Procesal Penal, han demostrado a los juristas y a la sociedad la inestabilidad actual del sistema de justicia penal, las reformas contenidas en el Decreto Número 7-2011 del Congreso de la República, son una muestra de ello, algunas reformas aplicadas anteriormente no han surtido los efectos jurídicos y sociales esperados. Dicha reforma otorga competencia penal a los Juzgados de Paz del territorio nacional para conocer y juzgar delitos considerados menos graves, es decir aquellos ilícitos penales que no sobrepasen la pena de prisión de cinco años. Los Jueces de Paz tendrían a su cargo el control de la investigación, el juicio oral y el pronunciamiento de la sentencia respectiva. Situación que amerita profundizar a cerca de las funciones de cada una de las partes procesales. Y mediante la presente investigación determinar si existe vulneración al principio de imparcialidad judicial, los principios constitucionales y procesales en la vigencia del Decreto Número 7-2011 y sus repercusiones en materia jurídica penal. Debe considerarse que el contexto actual, no es el adecuado para su implementación, basados en que las instituciones responsables de la aplicación de la justicia penal carecen de recursos económicos, humanos, tecnológicos y otros. Dentro de estas instituciones ubicamos al Organismo Judicial, el Instituto de la Defensa Pública Penal y al Ministerio Público. Instituciones públicas que tienen a su cargo el garantizar no sólo el derecho de justicia, el derecho de defensa, la persecución penal y la formal acusación en contra de las personas sindicadas de cometer hechos considerados como delitos.Tesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales