Reforma a la constitución a través del artículo 280 de la constitución política y la consulta popular
Descripción
Dentro del trabajo de investigación, se analizan los distintos procedimientos de reforma que establece la propia Constitución Política de la República de Guatemala, y en espacial el procedimiento establecido en el artículo 280 de dicho cuerpo fundamental de normas. Asimismo, se hace un estudio doctrinario del procedimiento denominado Consulta Popular, y un estudio especial de los procedimientos de consultivos realizados en Guatemala en los años de 1994 y 1999. En cuanto al estudio de la Constitución en sí, se afirma que la misma como ley suprema debe estar revestida de rigidez para su preservación; sin embargo, ésta rigidez no debe ser absoluta sino debe contemplar también ciertos mecanismos para que a través de procedimientos especiales pueda ser modificada o reformada, puesto que la sociedad evoluciona y puede darse la necesidad de adaptar a la realidad la norma suprema. De ahí que el poder constituyente creador de la Constitución debe regular los procedimientos de reforma de la Constitución, creando al órgano reformador, el que tendrá un poder derivado del poder asignado por ésta, al que puede llamársele poder reformador, poder constituyente derivado, instituido, secundario o constituido, ya que aunque posea facultades de revisar la ley fundamental, recibe las mismas de la propia Constitución a la que revisa, y se halla sujeto a los límites que la misma estableceAbogado y Notario
Tesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales