Análisis de resoluciones de la Corte de Constitucionalidad de Guatemala que permiten que la Corte Suprema de Justicia pueda admitir o rechazar una solicitud de antejuicio previo a ser trasladado y conocido por el órgano competente
Descripción
El procedimiento del antejuicio está regulado en la Ley en Materia de Antejuicio, la cual señala que cuando un juez tenga conocimiento de una denuncia en contra de una persona que goza de este derecho, lo debe enviar a la Corte Suprema de Justicia para que esta lo remita al órgano que deba conocerlo y resolverlo. Sin embargo, en la actualidad eso no sucede así, debido a que la misma Corte debe resolver sobre la admisión o rechazo la solicitud de antejuicio, previo a ser trasladado a quien por ley deba conocerlo. La Corte de Constitucionalidad ha dictado resoluciones en el sentido que avala que la Corte Suprema de Justicia conozca de manera preliminar si el antejuicio fue promovido por razones políticas, espurias o ilegítimas, es decir, un conocimiento y procedimiento previo. A partir de esto se estudia el criterio establecido en sentencias y figuras similares de otros ordenamientos jurídicos en Latinoamérica.Tesis de Posgrado
Tesis Maestría (Derecho Constitucional) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales
Modo de acceso: Internet