Medidas legales que debe aportar el estado de Guatemala para el cumplimiento de los convenios de Ginebra de 1949
Descripción
Guatemala ratificó los Convenios de Ginebra de 1949 y sus Protocolos Adicionales I y II, que contienen normas de Derecho Internacional Humanitario. Los tratados tienen calidad de ley para el Estado que los haya ratificado. Existen de dos tipos: autoaplicativos que no necesitan de aplicación de medidas legales para ser eficaces dentro del ordenamiento jurídico del Estado y los heteroaplicativos que si. El DIH fija las medidas de aplicación: 1. De Represión; 2. De Prevención y; 3. De Control. Las de represión se refieren a la obligación del Estado de reprimir las infracciones graves al DIH. Las de prevención son acciones que debe tomar el Estado con el fin de prevenir posibles violaciones a los Convenios.Abogado y Notario
Tesis Licenciatura (Ciencias Jurídicas y Sociales) URL, Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales