Tradicionalmente, los animales han sido categorizados por los ordenamientos jurídicos como
“bienes”. Recientemente, tendencias animalistas han pretendido otorgar al animal ciertas
“garantías”, con el fin de asegurarle un trato digno. En Colombia, la ley 1774 de 2016 concedió
al animal la categoría de “ser sintiente”, sin definir dicho término. Lo anterior derivó en
controversias interpretativas, pues había confusión sobre el régimen que debía aplicarse; bienes o
sujeto de derecho. Aunque jurisprudencialmente se han acogido cuatro teorías que definen el
régimen aplicable, el presente documento concluirá que no es posible determinar cuál es la
naturaleza jurídica de los animales en Colombia.