La simple trascripción de leyes y jurisprudencia no genera derechos de autor. Ahora bien, la recopilación, selección y organización de la información puede ser amparada por derechos de autor siempre y cuando sea original o contenga por lo menos una chispa de creatividad.La organización de la información utilizando criterios tales como: la fecha de la ley o la sentencia, los nombres de las partes, el juzgado o tribunal de procedencia, las normas o casos concordantes y los temas o descriptores puede no ser considerada original, en la medida en que es la forma obviade presentar la información legal.