En 1948 se habló por primera vez de Propiedad Horizontal en Colombia, luego el régimen se fue reformando y se implementaron nuevas leyes como la 16 (1985), la Ley 428 (1998) y los decretos reglamentarios 1365 (1986) y 871 (1999), hasta llegar a la ley 675 de 2001, con la cual se derogaron las normas anteriores quedando como la única normatividad vigente.
A lo largo de la historia, el régimen de Propiedad Horizontal se estancó y desde el año 2001 el desarrollo legislativo ha sido escaso, dejando así vacíos normativos y generando conflictos en la aplicación de sus normas. Uno de estos conflictos es la falta de claridad en la figura de la administración y la responsabilidad que debe tener; por ello este trabajo se centra en los administradores de propiedad horizontal y su responsabilidad según la normatividad vigente.