La Corte Constitucional de Colombia, así como gran parte de la doctrina, han sostenido que el poder constituyente primario no tiene límites jurídicos, toda vez que de él surge el Derecho. Por eso, para esta postura, cualquier determinación que adopte el poder constituyente primario es Derecho; incluso si aquella consiste en privar de derechos a ciertas personas. Pero ¿es acertada esta posición?; considero que no. Por ello, este trabajo pretende mostrar por qué el poder constituyente primario es un poder que surge del Derecho y, por ende, señalar cuáles son los límites jurídicos a los que está sujeto.