Descripción
La acción de subrogación en seguro de cumplimiento en Colombia, no cuenta con legislación específica aplicable, de ahí que es importante su estudio referenciando la legislación existente en el código de comercio colombiano y el código civil colombiano, así mismo su desarrollo jurisprudencial es limitado, por lo cual es indispensable acudir a la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia referente al tema de subrogación en seguros generales. Por otra parte, se encuentra una legislación muy limitada en derecho comparado encontrando útil para el presente estudio la legislación existente en Francia donde la acción de subrogación es de carácter legal y convencional. Aplicando dicha normatividad en materia de seguro de cumplimiento se encuentra que la prescripción aplicable es la establecida en la legislación civil, es posible solicitar el reconocimiento y pago de la corrección monetaria siempre y cuando todos los elementos de la acción subrogación estén presentes, así mismo es importante resaltar que en materia de seguro de cumplimiento no solo es posible ejercer la acción de subrogación a través de la jurisdicción ordinaria, si no es posible a través de una acción ejecutiva haciendo efectiva alguna de las garantías otorgadas por el tomador de la póliza al momento de la suscripción del seguro de cumplimiento.