El artículo 84 de la Ley 1116 del 2006 introdujo al ordenamiento jurídico colombiano una norma que permite que acuerdos privados de reorganización tengan los mismos efectos que los celebrados dentro de un procedimiento judicial de insolvencia de los regulados por dicha ley. Con lo anterior, el derecho colombiano da otro paso adelante en lo que podría denominarse la “privatización del Derecho concursal”, fenómeno que viene observándose desde años atrás, no sólo en Colombia sino en diversos ordenamientos jurídicos.En el presente artículo se realiza un estudio detallado de la figura de la validación judicial de acuerdos privados de reorganización en Colombia,para comprender los efectos e implicaciones que la misma posee con respecto al Derecho concursal colombiano.