La Constitución Colombiana que rige en la actualidad se interpretó y modificó por las reglas y subreglas contenidas en las sentencias internacionales que se dictaron en contra del Estado. Con tal fin se identificaron y analizaron los fallos dictados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Internacional de Justicia, proferidos a partir de la promulgación de la Constitución de 1991, bajo el entendido que las decisiones de esos tribunales internacionales son obligatorias, por cuanto Colombia ratificó los tratados que los crearon y que fijaron el objeto y la observancia de su jurisdicción.
De los fallos examinados se identificaron: i) catorce (14) artículos de la Carta interpretados, dando lugar a la individualización de treinta y cuatro (34) reglas, ii) una modificación a la Carta por el Acto Legislativo 1 de 2015 y iii) la determinación sobre cómo se debe, implementar la modificación de los límites territoriales en cumplimiento del fallo de la CU, todas estas decisiones, en virtud de las obligaciones contraídas a nivel internacional por los fallos internacionales.
Se estableció la incidencia en el ordenamiento jurídico interno de las decisiones que profiera a futuro la Corte Penal Internacional en contra de personas nacionales por hechos ocurridos en el territorio, el papel de las Cortes Colombianas a partir de las sentencias internacionales y el control de convencionalidad que realizan en su función judicial. También, se identificaron algunas decisiones que aplican esos estándares de protección surgidos de la interpretación de los instrumentos internacionales aceptados por Colombia.