Descripción
La presente investigación la enmarca el Acuerdo General para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera firmado por el Estado colombiano y las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia –Ejército del Pueblo–, de manera especial el punto quinto rubricado como víctimas, en el cual se logró acordar la creación del Sistema Integral de Verdad, Justicia, Reparación y No Repetición.
Sistema que tiene como finalidad contribuir a la lucha contra la impunidad y que por tanto estableció mecanismos judiciales, como la Justicia Especial para la Paz, y extrajudiciales, como la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la No Repetición y la Unidad Especial para la Búsqueda de Personas dadas por desaparecidas en el contexto y en razón del conflicto armado, todos estos con el objeto de investigar y sancionar las graves violaciones a los derechos humanos y las graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario, esclarecer la verdad de lo ocurrido, buscar a los seres queridos y reparar el daño causado a las personas y a la sociedad.
Particularmente, el trabajo se centra en un control de convencionalidad doctrinal y difuso que se hace a la normativa (Acuerdo, Actos Legislativos, Ley y Reglamentos) establecida a nivel Colombia para el mecanismo judicial en relación con el estándar que ha fijado la Corte Interamericana de Derechos Humanos en cuanto al derecho, a la justicia y a la reparación que tienen las víctimas directas e indirectas de violaciones y graves violaciones a los derechos humanos y de graves infracciones al Derecho Internacional Humanitario. Lo presente debido a que el sistema internacional de protección de derechos humanos sea de Naciones Unidas por medio de sus comités o el Interamericano a través de la Comisión y Corte, podrán, de forma subsidiaria, proteger y garantizar los derechos humanos de las víctimas del conflicto colombiano cuando el nuevo sistema no sea capaz de hacerlo y, por tanto, quede demostrado que no es una estructura adecuada y/o efectiva para las víctimas. Complementariedad que ha ejercido la Corte Interamericana en diversos casos en relación con Colombia, pero es de destacar que ninguno de ellos en el marco de hechos ocasionados por las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia –Ejército del Pueblo–, sino por acciones de las Autodefensas Unidas de Colombia o agentes estatales colombianos.
Dentro del anterior contexto, el objetivo general de la investigación fue determinar si la Justicia Especial para la Paz cumple con los estándares sobre justicia y reparación establecidos por la Corte Interamericana de Derechos Humanos llegando a la conclusión general que el marco normativo que se ha establecido para el funcionamiento de la Justicia Especial para la Paz tiene positivizado, al menos formalmente, el precedente fijado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en casos resueltos contra Colombia y los demás Estados Parte de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. Sin embargo, a lo largo del estudio se dejan sentadas y señaladas algunas inquietudes y preocupaciones que podrán darse por una incorrecta interpretación del marco legal colombiano y que podrán generar un no cumplimiento de los estándares y, por ende, una violación adicional a las víctimas.