dc.description.abstract | El daño es el elemento base de la responsabilidad civil, sin el cual no se configura en cabeza del afectado un derecho a reclamar una reparación por los perjuicios sufridos. Dentro de los daños a la persona se encuentran por una parte los daños patrimoniales, que son aquellos que afectan el patrimonio y al ser un interés económico, pueden cuantificarse e indemnizarse sin problema alguno, dentro de esta categoría se encuentran el daño emergente y el lucro cesante. Por otro lado existen los daños extrapatrimoniales, que son objeto de un estudio detallado en este trabajo, por el reciente reconocimiento hecho por la Corte Suprema de Justicia, de un tipo extrapatrimonial denominado daño a la vida de relación, diferente este del daño moral, en tanto el primero afecta el ámbito externo de la persona, y como lo ha dicho la Corte, el ámbito social no patrimonial, mientras que el segundo, es aquel que repercute en la esfera interna e intima de la persona, padeciendo esta sufrimientos, aflicciones, etc. Este estudio busca analizar cada una de las especies dentro del género daño extrapatrimonial, encontrando así en el derecho colombiano, el daño moral, el daño a la vida de relación y la alteración a las condiciones de existencia (reconocido por el Consejo de Estado), sobre los cuales se hace una investigación en torno a su noción, cuantificación y algunas particularidades que permiten un mayor entendimiento sobre cada uno de ellos. | spa |