En el presente artículo, el autor analiza el alcance de la indemnizaciónde perjuicios por vicios ocultos según su regulación en el Código Civilvigente en Chile y Colombia y busca demostrar la independencia de talacción indemnizatoria, de manera que esta surge no por la presenciamisma de los vicios y tampoco por el incumplimiento de una obligaciónde calidad o idoneidad, sino por incumplimiento de un deber específico deinformación asumido por los vendedores que conocían o debían conocerel vicio. Ello lleva a tratar de establecer si pueden identificarse diferentesescenarios de indemnización a partir de la presencia de defectos ocultosde la cosa en el contrato de compraventa. Para lo anterior, este artículose basa en un análisis de las reglas vigentes en el Código Civil chilenocolombiano,de la doctrina y la jurisprudencia existente en ambos paísesy de algunos elementos de Derecho comparado que permitan identificarcríticamente las diversas soluciones propuestas en torno a este tema.