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dc.contributor.advisorPalencia Sanchez, Francisco
dc.contributor.authorGarzón Tenjo, Samuel
dc.contributor.authorTorres Galindo, Yuly Paola
dc.coverage.spatialColombiaspa
dc.coverage.temporal2019-2020/Siglo XXI/spa
dc.date.accessioned2021-06-18T20:23:53Z
dc.date.accessioned2023-05-10T17:28:48Z
dc.date.available2021-06-18T20:23:53Z
dc.date.available2023-05-10T17:28:48Z
dc.date.created2021-06-10
dc.identifier.urihttps://hdl.handle.net/20.500.12032/94714
dc.description.abstractIntroducción: La nómina de funcionarios del sector público en Colombia comienza a envejecer y por mandato de la Ley 1821 de 2016 se permite que los funcionarios estatales laboren hasta la edad de 70 años; sostener una planta con una multiplicidad de patologías desarrolladas desde temprana edad, podría ser una variable que impacte negativamente la seguridad y salud en el trabajo. Objetivo: Identificado que el 60% de los trabajadores administrativos del Estado colombiano superan los 45 años, analizar cómo el incremento en la edad puede asociarse con la incidencia o prevalencia del ausentismo laboral. Trazar una línea de investigación que permita medir el límite entre la enfermedad de origen común y la enfermedad de origen laboral para un acertado diagnóstico de base. Metodología: Mediante una revisión narrativa de la literatura y análisis de caso a partir de la caracterización y cualificación demográfica de los funcionarios públicos correlacionados con estadísticas de estudio e intervención en países europeos aplicados al contexto colombiano. Resultados: Los países europeos impactados por el envejecimiento de su población realizaron ajustes antropométricos y ergonómicos en los puestos de trabajo para trabajadores mayores; reajustaron la tabla de enfermedades de origen laboral con la inclusión de patologías comunes agravadas por el trabajo. Expidieron normativas de corto plazo encaminadas a generar plazas de trabajo para mayores de 50 años. Gradualmente han ampliado la edad de pensión. Crearon incentivos para empresas que vinculen estos adultos. Dejaron de lado el sobredimensionamiento de los trabajadores jóvenes para dar prioridad a los adultos. Conclusión: Las entidades del Estado colombiano deben incluir la gestión de la edad en el Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo. Generar la trazabilidad empresa – individuo – sociedad con políticas mixtas de salud pública y laboral que en el futuro reemplacen la baja tasa de jóvenes profesionales en el mercado laboral y que esas plazas puedan ser ocupadas por adultos mayores como factor incluyente de desarrollo y con bajos niveles de riesgo para la medicina del trabajo.spa
dc.formatPDFspa
dc.format.mimetypeapplication/pdfspa
dc.language.isospaspa
dc.publisherPontificia Universidad Javerianaspa
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subjectEnvejecimientospa
dc.subjectFuncionario públicospa
dc.subjectGestión de la edadspa
dc.subjectRetiro forzosospa
dc.title¿Puede el aumento de la edad laboral para la población del sector público en Colombia convertirse en una variable de estudio asociada a la seguridad y salud en el trabajo?. Alcances de la Ley 1821 de 2016 y gestión de la edadspa


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GESTION DE LA EDAD - LEY 1821 DE 2016 - PDF.pdf1.240Mbapplication/pdfView/Open

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