Antes de que la Corte Constitucional profiriera la sentencia T-354 de 2019 en Colombia no existía jurisprudencia que aceptara expresamente la procedencia de la acción de tutela contra laudos internacionales. Por lo tanto, es preciso analizar los criterios utilizados por la Corte Constitucional para aceptar la procedencia excepcionalísima de dicha acción constitucional contra las decisiones de tribunales de arbitraje internacional. Este tema reviste una especial atención, considerando que la sección de arbitraje internacional del régimen arbitral colombiano está inspirada en la Ley Modelo de Arbitraje CNUDMI y establece el recurso de anulación como único mecanismo de impugnación de los laudos.