Este artículo se propone presentar una mirada crítica sobre los tipos societarios de corte personalista contemplados en el vigente Código de Comercio y cómo se retoman estas figuras en el Anteproyecto de Código Mercantil concluido en diciembre del 2014 que, como respuesta a una iniciativa orientada a la modernización y armonización del marco regulatorio mercantil en Nicaragua, se ha preparado pero que aún no se presenta ante la Asamblea Nacional.
Este análisis se realiza considerando la relevancia que desde la academia supone la propuesta de reforma normativa del Código de Comercio, retomando aspectos doctrinarios y de Derecho comparado de legislaciones latinoamericanas y de España, considerados como referentes en materia mercantil, con el fin de conocer el tratamiento, regulación y vigencia de figuras jurídicas, como la sociedad colectiva y la sociedad en comandita simple.
Estos tipos societarios, en la actualidad se consideran en franco desuso, pues al existir otros tipos societarios en los que la responsabilidad del socio se limita al monto de su aporte, suponiendo esta característica una garantía para el resguardo de su patrimonio personal, ajeno o separado del capital social, superan en gran medida su atractivo respecto a las sociedades personalistas.