Description
El autor sostiene que por el carácter instrumental del derecho en la sociedad, históricamente sus estudiosos han perdido de vista que éste es un objeto que se encuentra en la naturaleza y no un objeto cultural como sostienen los filósofos del derecho. Sostiene el autor esta teoría, a partir de la literalidad del concepto formulado, desde la filosofía, por José Ortega y Gasset “el derecho es una secreción espontánea de la sociedad” (Ortega y Gasset, J. 2005 p 45), considerando a la sociedad como el “ medio ambiente natural específico de los seres humanos” (Savater, F. 2003. p 26). Realiza un somero excursushistórico de la evolución de los paradigmas del derecho; e incursiona, también someramente, desde la antropología, en la dinámica de lo que denomina cuerpos sociales, forma primaria y presocial de organización humana, proponiendo una estructura funcional en tres niveles que presenta a manera de círculos concéntricos, el nuclear de naturaleza moral, intolerante y de fuerza centrífuga; un círculo intermedio de retención, de naturaleza religiosa; y uno externo, de naturaleza política y alta tolerancia, con poder coactivo y fuerza centrípeta, en el que se manifiesta el derecho. Sostiene la necesidad de revisar el objeto d
e la ciencia jurídica desde esta perspectiva, para redescubrir el fenómeno jurídico y la función
natural resiliente del derecho en la convivencia humana, aproximando el derecho a las ciencias naturales y al jurista como un científico con vocación social. - -
Abstract: The author argues that because the instrumental nature of law in society, historically its scholars
have lost sight that this is an object found in nature
and not a cultural object as legal philosophers argue. He support this theory, from the literalness of the concept formulated from philosophy, José Ortega y Gasset "law is a spontaneous secretion of society" (Ortega y Gasset, J. 2005 p 45), considering the society as the "average specific natural environment of human beings" (Savater, 3 F. 2003. p 26). Make a brief historical overview of the evolution of paradigms of law; and engages, also briefly, from anthropology, in the dynamics of what he calls social bodies, as primitive and presocial human organization form, suggesting a functional structure in three levels featuring manner of concentric circles: a nuclear, of moral nature, intolerant and with centrifugal force; A middle circle of retention, of a religious nature; and the external one, of political nature, with hightolerance, but with coercive power and centripetal force, in which law is manifested. He argues the need to review the object of legal science from this perspective, to rediscover the legal phenomenon and resilient natural function of law in human society, approximating the law to the natural sciences and the jurist as a scientist with social vocation.