El presente estudio pretende analizar la figura de la renuncia a los trámites del juicio ejecutivo, desde
el prisma de la teoría general del Derecho, iniciando con el principio de igualdad constitucional, las limitaciones jurídicas, razonable y jurídicamente aceptadas a los derechos constitucionalmente reconocidos y la equivalencia de las prestaciones contractuales. A consideración de la autora, el art. 3790 C.,se adecua a todas las exigencias y garantías del ordenamiento jurídico, mientras que el
art. 73 de la Ley 561 infringe el principio de igualdad constitucional, excede los límites que pueden
establecerse a los derechos, rompe la seguridad jurídica derivada del principio pacta sunt servanda, prioritario en Derecho contractual en el que la injerencia de la ley es mínima y causa injusticia al romper el equilibrio formal entre las partes, lo que trae como consecuencia la urgente necesidad de actuación del tamiz constitucional a través del control difuso. - -
Abstract: This paper analyzes the waiver of trial ex
ecutory proceedings according to the general theory of law,
and, in particular, the constitutional principle of equity in order to determine the reasonably and lawfully accepted legal contraints to the constitutional rights, and the benefits derived from contracts. The Author stands that article 3790 of Nicaraguan Civil Code is suitable to all requirements and the rights in the legal system thereof, whereas art. 73 in law 561 contravenes the constitutional equity principle. Such article curtails the clients rights, violating the pacta sunt servanda principle, which is predominant in contract law and, therefore, aconstitutional violation.