LA INDISCUTIBLE DIFERENCIA HISTÓRICA, CULTURAL Y SOCIAL ENTRE LA POBLACIÓN del Caribe y el resto del país ha significado un óbice para la integración social y económica de los ciudadanos en el progreso material de la nación, así como conflictos y discordias para ambos sectores territoriales. Esta situación condujo en 1987 al reconocimiento de un régimen de autonomía regional que garantice y respete el ejercicio efectivo de los derechos de las comunidades de la Costa Atlántica, consignados en nuestra Constitución Política.
El precepto surgido dos décadas atrás perfiló la concreción de los derechos humanos, culturales, económicos, sociales y políticos de casi el 10% de la población.
El interés decayó con el transcurso de los años por parte de los gobiernos de turno, surgiendo una serie de circunstancias que entorpecen una real autonomía territorial jurídicamente reconocida, así como una autonomía financiera regional que garantice un autogobierno responsable, de competencias públicas, y en su territorio, capaz de sufragar sus gastos y perseguir los fines del Estado Social de Derecho.
Es por ello que urge la búsqueda y consecución de fuentes de ingreso para las regiones del Caribe nicaragüense que proporcionen la suficiencia financiera de los gobiernos regionales en aras de afianzar su autonomía, cumplir los preceptos constitucionales y derechos fundamentales que demandan el desarrollo integral de la región, y que permita la plena inclusión de la población nicaragüense del Caribe
en el tejido social y económico de una nación llamada a conformar un Estado social de Derecho unitario e indivisible.