Description
La consumación de un hecho delictivo doloso puede atravesar varias etapas o caminos, lo que se denomina iter criminitis, que va desde que surge la idea de cometer un delito hasta que se alcanzan los fines pretendidos, pasando por preparación, comienzo de ejecución, realización de acciones ejecutivas y producción del resultado típico. No obstante, dicho resultado típico no siempre se produce a satisfacción del sujeto activo, sea por mero accidente o por cuestiones ajenas a su voluntad, por lo que –en esos casos- nos encontramos frente a las llamadas “formas imperfectas de ejecución”, que según el grado de realización de los actos ejecutivos tendientes a conseguir el fin delictivo, puede apreciarse una tentativa inacabada o tentativa propiamente dicha o, una tentativa acabada o frustración. En este número de la Revista de Derecho, nos hemos dado a la tarea de realizar un breve análisis sobre el tratamiento jurisprudencial de las formas imperfectas de ejecución, pasando por sus elementos diferenciadores, fundamento del castigo de la tentativa y su penalidad, así como la delimitación entre actos preparatorios y actos ejecutivos.