El presente trabajo nace con la voluntad de ofrecer algunas consideraciones doctrinales sobre el régimen jurídico de los vicios originarios del Contrato de Sociedad y los efectos que ocasionan en el ordenamiento legal, a partir de una deficiente regulación que sobre este tema existe, en mi percepción, en el ordenamiento Positivo Nicaragüense.
De lo que se trata es, entonces, de apuntar algunas ideas, fruto de la evolución de la doctrina de la Nulidad Societaria y con el referativo del Derecho positivo español, que constituyan herramientas de interpretación, al menos de reflexión, para el operador jurídico nacional.